Las reformas al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) y a la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del (LOOTUGS) aprobadas durante el primer trimestre de 2026 evidencian una tendencia hacia la recentralización de la planificación territorial y una reducción de la autonomía de los gobiernos autónomos descentralizados (GAD) en Ecuador.
Desde la Constitución de 2008, el país impulsó un modelo de descentralización basado en un régimen de competencias que definía funciones y atribuciones para cada nivel de gobierno. En ese marco, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD) y la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS) se constituyeron en pilares normativos para organizar la gestión territorial, delimitar competencias y fortalecer la planificación local.
Sin embargo, una serie de reformas recientes presentadas por el Ejecutivo en el primer trimestre de 2026 introducen cambios que alteran ese esquema. En el caso del COOTAD, una de las modificaciones más relevantes es la denominada “regla de asignación mínima prioritaria”, que obliga a los GAD provinciales y municipales a destinar progresivamente hasta 2028 el 70 % de sus egresos a inversión en infraestructura y fija un límite del 30 % para gasto corriente. Esta medida restringe la capacidad de los gobiernos locales para definir sus prioridades presupuestarias de acuerdo con las necesidades territoriales y sus propios planes de desarrollo.
El impacto de esta reforma no es únicamente financiero. El gasto corriente financia buena parte del personal técnico y profesional requerido para sostener servicios sociales y sistemas locales de protección de derechos. La reducción de estos recursos puede afectar la capacidad institucional de los municipios para prevenir violencias, atender problemáticas sociales y garantizar una respuesta integral en áreas como inclusión social, educación o protección de derechos.
Además, la reforma condiciona las transferencias del Estado central al cumplimiento de estas reglas fiscales. Si los GAD no respetan los porcentajes establecidos entre gasto corriente e inversión, las asignaciones presupuestarias podrían reducirse al mínimo constitucional. De este modo, la disponibilidad de recursos deja de depender exclusivamente de la planificación local y pasa a estar subordinada al cumplimiento de directrices nacionales, lo que supone una disminución de la autonomía financiera de los gobiernos locales.
Las reformas también fortalecen los mecanismos de control y supervisión del Gobierno central sobre los presupuestos locales, mediante procedimientos de seguimiento más frecuentes y una mayor intervención del ente rector de las finanzas públicas. Esto ha generado tensiones entre el Ejecutivo y varios gobiernos locales, especialmente en Quito, donde distintos actores institucionales y sociales han impulsado acciones de rechazo e incluso demandas de inconstitucionalidad contra las reformas.
En el caso de la LOOTUGS[1], las modificaciones afectan directamente las competencias municipales sobre uso y gestión del suelo. La reforma establece que los planes territoriales y las decisiones municipales deben alinearse obligatoriamente con el Plan Nacional de Desarrollo y la Estrategia Territorial Nacional; de no hacerlo, los municipios podrían incurrir en infracciones graves. Esto reduce el margen de decisión local en materia de ordenamiento territorial y fortalece la intervención del nivel central y de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial.
Asimismo, las reformas endurecen el régimen sancionatorio y amplían el control nacional sobre procesos vinculados a habilitación del suelo y licencias urbanísticas. En la práctica, esto puede debilitar la capacidad municipal para definir políticas urbanas de largo plazo y aumentar las disputas territoriales en torno a expansión urbana, uso del suelo rural y desarrollo inmobiliario.
A este escenario se suma la aprobación de la “Ley Orgánica para el fortalecimiento de los sectores estratégicos de minería y energía”, impulsada por el Ejecutivo. La norma profundiza la centralización de competencias vinculadas al sector minero y habilita esquemas de control territorial y protección militar en áreas estratégicas. Además, condiciona el uso de regalías mineras por parte de los GAD, orientándolas obligatoriamente hacia servicios públicos en zonas extractivas, lo que tiende a convertir a los gobiernos locales en ejecutores territoriales de la política minera nacional.
En conjunto, estas reformas modifican la relación entre el Gobierno central y los GAD, al concentrar nuevamente decisiones presupuestarias, territoriales y programáticas en instancias nacionales. Esto abre controversias respecto al principio constitucional de autonomía política, administrativa y financiera de los gobiernos locales y plantea un escenario de creciente conflictividad institucional y territorial.
Cuadro de reformas a Leyes vigentes vinculadas con la planificación y el ordenamiento territorial de los GAD
| Norma / Reforma | Carácter legislativo | Fecha primer debate | Fecha segundo debate | Mes de aprobación / resolución |
| Ley Orgánica Reformatoria al COOTAD para la sostenibilidad y eficiencia del gasto de los GAD | Ley económica urgente enviada por el Ejecutivo | 14/02/2026 | 20/02/2026 | febrero de 2026 |
| Ley Orgánica para el fortalecimiento de los sectores estratégicos de minería y energía | Ley económica urgente enviada por el Ejecutivo | 20/02/2026 | 26/02/2026 | febrero de 2026 |
| Reforma a la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS) | Tratada políticamente como reforma económica urgente vinculada al ordenamiento territorial | La fecha del primer debate corresponde al tratamiento legislativo registrado públicamente por la Asamblea Nacional y medios jurídicos especializados el 24/03/2026. | 30/03/2026 | marzo de 2026 |
| Veto parcial presidencial a la reforma de la LOOTUGS | Objeción parcial del Ejecutivo | N/A | N/A | 27 de abril de 2026 |
Bibliografía:
Asamblea Nacional del Ecuador. (2010). Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD). Registro Oficial Suplemento 303.
Asamblea Nacional del Ecuador. (2016). Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS). Registro Oficial Suplemento 790.
Asamblea Nacional del Ecuador. (2026). Ley reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización.
Asamblea Nacional del Ecuador. (2026). Ley reformatoria a la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo.
Asamblea Nacional del Ecuador. (2026). Ley Orgánica para el fortalecimiento de los sectores estratégicos de minería y energía.
República del Ecuador. (2008). Constitución de la República del Ecuador. Registro Oficial No. 449.
[1] Frente a las críticas de gobiernos locales y organizaciones sociales, el presidente Daniel Noboa emitió en abril de 2026 un veto parcial a la reforma de la LOOTUGS. El Ejecutivo justificó la objeción por razones de inconstitucionalidad e inconveniencia, especialmente en aspectos relacionados con planes parciales, expansión urbana, competencias de la Superintendencia y control municipal sobre licencias urbanísticas.
